Medidas públicas de ámbito laboral y económico

Hemos creado esta sección en nuestra web para ir acumulando, de forma actualizada, todos los recursos útiles orientados a las compañías y trabajadores del sector de los videojuegos para afrontar la situación actual.

Puedes encontrar la información sobre la serie de recomendaciones y últimos decretos aprobados por el Gobierno de España para hacer frente a la emergencia del Coronavirus, con respecto a la protección de la salud pública y la productividad de las empresas:

  • Guía del Ministerio de Trabajo y Economía Social (del 4 de marzo de 2020) para la actuación en el ámbito laboral en relación al coronavirus. Ver

Se trata de una guía de actuación en el ámbito laboral al objeto de facilitar la información necesaria sobre la aplicación de la normativa laboral en relación con las diferentes situaciones en las que pueden encontrarse las empresas y las personas trabajadoras. Entre otras medidas, se establece que:

  • Las empresas deberán paralizar la actividad laboral en caso de que exista riesgo de contagio en el centro de trabajo, sin perjuicio de la activación de medidas que permitan el desarrollo de la actividad laboral de forma alternativa o bien, de ser necesario, la adopción de medidas de suspensión temporal de la actividad.
  • Las empresas deben organizar el trabajo de tal modo que se evite y reduzca la frecuencia y el tipo de contacto de persona a persona.
  • Articular el teletrabajo como medida organizativa temporal y excepcional, acordada individualmente o colectivamente, que no suponga una reducción de derechos ni coste alguno para las personas trabajadoras.

  • Real Decreto-ley 6/2020, de 10 de marzo, por el que se adoptan determinadas medidas urgentes en el ámbito económico y para la protección de la salud pública. Ver

Prestación para trabajadores infectados o en aislamiento

Se asimilan las situaciones de trabajadores infectados por coronavirus o en aislamiento preventivo a las de aquellos trabajadores que han tenido un accidente laboral, a efectos exclusivos de la prestación económica.

Pueden solicitar la prestación todos los trabajadores por cuenta ajena y autónomos contagiados por el Covid-19 o que estén en aislamiento preventivo, que haya sido decretado por el médico correspondiente del Servicio Público de Salud.

Se puede a empezar a cobrar la prestación desde el día en que se determine el aislamiento o la enfermedad, con independencia de que el parte de baja se emita con posterioridad a esa fecha. No hace falta tener ningún periodo cotizado previamente.

A partir del día en el que se determina la enfermedad o el aislamiento, la cuantía de esta ayuda será del equivalente al 75% de la base reguladora del trabajador.

Más información: Ver

  • Real Decreto-ley 7/2020, de 12 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes para responder al impacto económico del COVID-19. Ver

Flexibilización de los aplazamientos del pago de impuestos durante 6 meses con bonificación en los tipos de interés 

Se autoriza postergar pagos de hasta 30.000 euros, durante seis meses, en conceptos como retenciones del IRPF, cuotas repercutidas del IVA y el pago fraccionado del impuesto de sociedades.

Más información: Ver

  • Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. Ver

Apertura autorizada de establecimientos de venta de equipos tecnológicos

Se suspende la apertura al público de los locales y establecimientos minoristas, a excepción, entre otros, de establecimientos comerciales de equipos tecnológicos y de telecomunicaciones. En todo caso, se evitarán aglomeraciones y se controlará que consumidores y empleados mantengan la distancia de seguridad de al menos un metro a fin de evitar posibles contagios.

  • Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19. Ver

Carácter preferente del trabajo a distancia

El Real Decreto establece el carácter preferente del trabajo remoto. Han de establecerse sistemas de organización que permitan mantener la actividad por mecanismos alternativos, particularmente por medio del trabajo a distancia, debiendo la empresa adoptar las medidas oportunas si ello es técnica y razonablemente posible y si el esfuerzo de adaptación necesario resulta proporcionado. Estas medidas alternativas, particularmente el trabajo a distancia, deberán ser prioritarias frente a la cesación temporal o reducción de la actividad.

Derecho de adaptación de jornada

También se establece que las personas trabajadoras por cuenta ajena que acrediten deberes de cuidado respecto del cónyuge o pareja de hecho, así como respecto de los familiares por consanguinidad hasta el segundo grado de la persona trabajadora, tendrán derecho a acceder a la adaptación de su jornada y/o a la reducción cuando concurran circunstancias excepcionales relacionadas con las actuaciones necesarias para evitar la transmisión comunitaria del COVID-19.

Aprobación de una Línea para la cobertura por cuenta del Estado de la financiación otorgada por entidades financieras a empresas y autónomos

Con vigencia limitada a un mes a partir de la entrada en vigor del Real Decreto del 14 de marzo por el que se declara el estado de alarma, o hasta el último día del mes en que finalice dicho estado de alarma, de prolongarse éste durante más de un mes, los trabajadores por cuenta propia o autónomos, cuyas actividades queden suspendidas, o cuando su facturación en el mes anterior al que se solicita la prestación se vea reducida, al menos, en un 75 por ciento en relación con el promedio de facturación del semestre anterior, tendrán derecho a la prestación extraordinaria por cese de actividad.

Flexibilización de los ERTE por fuerza mayor

Las suspensiones de contrato y reducciones de jornada que tengan su causa directa en pérdidas de actividad como consecuencia del COVID-19, incluida la declaración del estado de alarma, tendrán la consideración de provenientes de una situación de fuerza mayor.

Derecho a la prestación contributiva

Se reconoce el derecho a la prestación contributiva por desempleo a las personas trabajadoras afectadas, aunque carezcan del período mínimo necesario de ocupación cotizada para ello. No se computará el tiempo en que se perciba la prestación por desempleo a causa del COVID-19, a los efectos de consumir los períodos máximos de percepción establecidos.

Línea para la cobertura por cuenta del Estado de la financiación otorgada por entidades financieras a empresas y autónomos

Se crea una línea de avales públicos por un importe máximo de 100.000 millones de euros a empresas y autónomos para atender sus necesidades derivadas, entre otras, de la gestión de facturas, necesidad de circulante, vencimientos de obligaciones financieras o tributarias u otras necesidades de liquidez.

Ampliación del límite de endeudamiento neto del Instituto de Crédito Oficial (ICO) con el fin de aumentar los importes de las Líneas ICO de financiación a empresas y autónomos

Se amplía en 10.000 millones de euros el límite de endeudamiento neto previsto para el Instituto de Crédito Oficial en la Ley de Presupuestos del Estado, con el fin de facilitar liquidez adicional a las empresas, especialmente pymes y autónomos. Esto se llevará a cabo a través de las Líneas de ICO de financiación mediante la intermediación de las entidades financieras tanto a corto como a medio y largo plazo y de acuerdo con su política de financiación directa para empresas de mayor tamaño.

Apoyo a empresas exportadoras

Con carácter extraordinario y con una duración de 6 meses desde la entrada en vigor del presente real decreto ley, se autoriza la creación de una línea de cobertura aseguradora de hasta 2.000 millones de euros con cargo al Fondo de Reserva de los Riesgos de la Internacionalización.

Suspensión de plazos en el ámbito tributario

En aras de facilitar el pago de las deudas tributarias, se flexibilizan los plazos para el pago, tanto en período voluntario como en período ejecutivo, así como el pago derivado de los acuerdos de aplazamiento y fraccionamiento y los plazos con los que cuenta el contribuyente para favorecer su derecho a alegar y probar y facilitar el cumplimiento del deber de colaborar con Hacienda y de aportar los documentos, datos e información de trascendencia tributaria de que se trate.

  • Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19. Ver

Subsidio de desempleo excepcional por fin de contrato temporal

Se beneficiarán de ello las personas trabajadoras que se les haya extinguido un contrato de duración determinada de al menos dos meses de duración, tras la entrada en vigor del Real Decreto del 14 de marzo (por donde se declaraba el estado de alarma). Este subsidio es incompatible con la percepción de cualquier renta mínima, renta de inclusión, salario social o ayudas análogas concedidas por cualquier Administración Pública. Y la duración de esta medida será de un mes, con posibilidad de prórroga.

Moratoria de las cotizaciones sociales a la Seguridad Social

La Tesorería General de la Seguridad Social a otorgará moratorias de seis meses, sin interés, a las empresas y los trabajadores que así lo soliciten. Las solicitudes de moratoria deberán comunicarse a la Tesorería General de la Seguridad Social dentro de los 10 primeros días naturales de los plazos reglamentarios.

Aplazamiento en el pago de deudas con la Seguridad Social

Las empresas y los trabajadores por cuenta propia incluidos en cualquier régimen de la Seguridad podrán solicitar el aplazamiento en el pago de sus deudas con la Seguridad Social cuyo plazo reglamentario de ingreso tenga lugar entre los meses de abril y junio de 2020. Estas solicitudes de aplazamiento deberán efectuarse antes del transcurso de los diez primeros naturales del plazo reglamentario de ingreso anteriormente señalado.

Aplazamiento extraordinario de reembolso de préstamos concididos por CCAA y Entidades Locales

Queda decretado el aplazamiento extraordinario del calendario de reembolso en préstamos concedidos por Comunidades Autónomas y Entidades Locales a empresarios y autónomos afectados por la crisis sanitaria provocada por el COVID-19. Es decir, aquellas empresas y trabajadores autónomos que sean prestatarios de créditos o préstamos financieros de una Comunidad Autónoma o Entidad Local podrán solicitar el aplazamiento del pago de principal en lo que resta de 2020. Dicha solicitud, deberá efectuarse siempre antes de que finalice el plazo de pago en periodo.

  • Real Decreto-ley 14/2020, de 14 de abril, por el que se extiende el plazo para la presentación e ingreso de determinadas declaraciones y autoliquidaciones tributarias. Ver

Extensión del plazo para la presentación e ingreso de las declaraciones y autoliquidaciones

Las declaraciones y autoliquidaciones tributarias de aquellos obligados con volumen de operaciones no superior a 600.000 euros en el año 2019 cuyo vencimiento se produzca a partir de la entrada en vigor de este real decreto ley y hasta el día 20 de mayo de 2020 se extenderán hasta esta fecha. En este caso, si la forma de pago elegida es la domiciliación, el plazo de presentación de las autoliquidaciones se extenderá hasta el 15 de mayo de 2020.

Lo dispuesto en este artículo no resultará de aplicación a los grupos fiscales que apliquen el régimen especial de consolidación fiscal regulado en el capítulo VI del título VII de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades, con independencia de su importe neto de la cifra de negocios, ni a los grupos de entidades que tributen en el régimen especial de grupos de entidades del Impuesto sobre el Valor Añadido.

  • Resolución de 25 de marzo de 2020, de la Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 24 de marzo de 2020, por el que se aprueban las características del primer tramo de la línea de avales del ICO para empresas y autónomos, para paliar los efectos económicos del COVID-19. Ver

Línea de avales orientada a Pymes y autónomos

Primer tramo de la línea de avales por importe de 20.000 millones de euros, de los cuales el 50% se reservará para garantizar préstamos de autónomos y PYMEs. Será gestionada a través del Instituto de Crédito Oficial (ICO) y avalará la financiación otorgada por entidades de crédito, establecimientos financieros de crédito, entidades de dinero electrónico y entidades de pagos a empresas y autónomos. Tiene por objetivo cubrir los nuevos préstamos y otras modalidades de financiación y las renovaciones concedidos por entidades financieras a empresas y autónomos para atender las necesidades de financiación derivadas, entre otros, de pagos de salarios, facturas, necesidad de circulante u otras necesidades de liquidez, incluyendo las derivadas de vencimientos de obligaciones financieras o tributarias.

Podrán solicitarla las empresas y autónomos afectados por los efectos económicos del COVID-19, siempre que los solicitantes no estuvieran en situación de morosidad a 31 de diciembre de 2019 ni en procedimiento concursal a 17 de marzo de 2020. Los avales tendrán carácter retroactivo y podrán solicitarse para las operaciones formalizadas con posterioridad a la entrada en vigor del Real Decreto-ley 8/2020, que se produjo el pasado día 18 de marzo.

El aval garantizará el 80% de los nuevos préstamos y renovaciones de operaciones solicitadas por autónomos y pymes. Para el resto de empresas, el aval cubrirá el 70% del préstamo nuevo concedido y el 60 de las renovaciones.

Más información: Ver

  • Resolución de 10 de abril de 2020, de la Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 10 de abril de 2020, por el que se instruye al Instituto de Crédito Oficial a poner en marcha el segundo tramo de la línea de avales aprobada por el Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, y se establece que sus beneficiarios sean las pequeñas y medianas empresas y autónomos afectados por las consecuencias económicas del COVID-19. Ver

Segundo tramo de la línea de avales orientada a Pymes y autónomos

Segundo tramo de la línea de avales por importe de 20.000 millones de euros, destinados integramente a avalar operaciones de pymes y autónomos La activación del nuevo tramo se realiza antes del consumo total del primero con el objetivo de cubrir todas las posibles operaciones en cartera y permitir que entidades que están cerca de agotar el cupo que tenían asignado en el primer tramo para pymes y autónomos puedan seguir haciendo fluir el crédito hacia sus clientes.

Más información: Ver

  • Real Decreto-ley 21/2020, de 9 de junio, de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. Ver.

El Gobierno aprobó en Consejo de Ministros el real decreto ley que sentará las bases que regirán en la nueva normalidad. El texto, impulsado por el Ministerio de Sanidad y el de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, mantiene la obligatoriedad de las mascarillas en la vía pública, en espacios al aire libre y en espacios cerrados de uso público o que se encuentren abiertos al público, así como en los transportes, “en condiciones económicas no abusivas”, añade.

  • Real Decreto-ley 25/2020, de 3 de julio, de medidas urgentes para apoyar la reactivación económica y el empleo. Ver.

Esta nueva línea de avales será canalizada a través del Instituto de Crédito Oficial (ICO), por importe de 40.000 millones de euros con el objeto de apoyar nuevos proyectos de inversión del tejido productivo, tras una primera fase en la que primó la cobertura de las necesidades de liquidez. Se dirige a impulsar la actividad inversora y fomentarla en las áreas donde se genere mayor valor añadido, en torno a dos ejes principales: la sostenibilidad medioambiental y la digitalización.

  • Guía de preguntas frecuentes del Ministerio de Cultura y Deporte para autónomos del sector cultural sobre la prestación extraordinaria por cese de actividad para paliar los efectos derivados del COVID-19. Ver
  • Guía de preguntas frecuentes del Ministerio de Cultura y Deporte sobre la presentación de expedientes de regulación de empleo temporal por fuerza mayor (ERTE) establecidas en los distintos reales decretos-leyes para paliar los efectos derivados del COVID-19, en el ámbito del sector cultural. Ver
  • Guía de buenas prácticas en centros de trabajo (11 de abril) del Ministerio de Sanidad. Ver

 

Medidas de la Generalitat de Catalunya de apoyo a las industrias culturales

El Departamento de Cultura de la Generalitat de Catalunya pone en marcha un paquete de medidas que aportarán más de 31 millones de euros para contribuir a paliar el impacto de la crisis del coronavirus sobre los sectores culturales.

  • La línea de crédito «ICF – Cultura y Liquidez», dotada con 10 millones, que se podrán solicitar en cantidades entre los 20.000 y los 300.000 euros, retornables a 5 años y con el primer año de carencia. Será el Institut Català de les Empreses Culturals (ICEC) quien valorará los proyectos, mientras que el Institut Català de Finances (ICF) ha establecido un mecanismo para «agilizar el proceso de concesión».
  • La nueva línea «Impacto COVID«, dotada con 8 millones y gestionada por el Instituto Catalán de Empresas Culturales (ICEC), facilitará ayudas para «financiar los gastos generados durante el periodo de crisis desde el día del cierre», incluyendo gastos de estructura, servicios, alquileres o pagos de cuotas.
  • La Oficina de Suport a la Iniciativa Cultural (OSIC) gestionará otra línea, de 2 millones de euros, centrada en la reducción de ingresos producida por la cancelación de actividades culturales y la suspensión de los contratos en los equipamientos culturales.
  • Se lanza un portal web para explicar las medidas y recoger las aportaciones de todos los interesados.

Más información. Ver

Medidas de la Comunidad de Madrid de apoyo al desarrollo

El pasado febrero, la Consejería de Cultura y Turismo de la Comunidad de Madrid  convocó diez ayudas para la creación y el desarrollo de proyectos de videojuego. El importe de la convocatoria de 2020 fue de 250.000 euros.

El 8 de julio de 2020,  la Comunidad de Madrid aprobó  las ayudas a proyectos de videojuegos. En total, 10 proyectos con ayudas de 25.000€. Ver.

Más información. Ver

Medidas del Ministerio de Cultura y Deporte

  • Convocatoria 2020: Ayudas para la modernización e innovación de las industrias culturales y creativas mediante proyectos digitales y tecnológicos

Descripción: Ayudas para subvencionar la inversión en capital, favoreciendo la modernización e innovación de las industrias culturales y creativas y para promover e incrementar la oferta legal de contenidos digitales culturales en internet por un importe de 1.940.000 €.

Subvención: Hasta 70% del total del proyecto.

Plazo de presentación de solicitudes: CERRADO (1 de junio de 2020 hasta el 19 de junio de 2020 a las 14:00)

Resolución por la que se convocan las ayudas: Aquí

Bases reguladoras: Aquí

  • Línea de créditos de la sociedad de garantía recíproca CREA SGR de 20 millones de euros

El miércoles 5 de mayo, el Gobierno aprobó un Real Decreto-ley de medidas de apoyo a los sectores culturales. No se recogía ninguna medida concreta de apoyo al videojuego, pero se aprobó una inyección de 20 millones de euros a la sociedad de garantía recíproca CREA SGR para garantizar el acceso de las pymes culturales a la financiación pública.

Descripción: Línea de créditos para la financiación del coste de la comisión de apertura de los avales de los préstamos a empresas del sector cultural, a la que también pueden acogerse las empresas del sector del videojuego.

En este sentido, AEVI y Crea SGR han firmado un acuerdo para facilitar a los asociados de AEVI una línea de financiación de condiciones muy beneficiosas para que puedan acceder a crédito y solventar sus problemas de liquidez con las mejores condiciones del mercado.

Medidas del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital

El Gobierno aprobó en Consejo de Ministros, el 5 de mayo, un paquete de ayudas, dotado de 50 millones de euros, con dos convocatorias -no específicas para el videojuego pero a las que, a priori, podrían acogerse las empresas del sector- de Red.es, entidad pública adscrita a la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial (del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital) :

  • Convocatoria de ayudas al desarrollo de la oferta tecnológica basada en tecnologías habilitadoras digitales

Con un importe de 35 millones de euros, se trata de una línea de ayudas que tiene por objeto financiar proyectos de desarrollo experimental realizados por empresas que utilicen, entre otras, realidad virtual y aumentada o efectos especiales y simulación, además de ciberseguridad; biometría e identidad digital, «blockchain» o robótica.

Bases reguladoras (artículo 2): Aquí

Subvención: entre los 150.000 y los 3.000.0000 euros. El porcentaje de la ayuda oscila entre el 25% y el 45% en función del tamaño de la empresa.

Pendiente de anuncio de la convocatoria en el BOE.

  • Convocatoria de ayudas al desarrollo innovador de contenidos digitales

Línea de ayudas dotada con 15 millones de euros con el objeto de financiar proyectos de empresas basados en el desarrollo tecnológico sobre varios contenidos digitales, entre ellos videojuegos, junto a otros como animación digital, música, cine y vídeo, contenidos audiovisuales, publicaciones digitales, publicidad digital, redes sociales o aplicaciones móviles.

Bases reguladoras (artículo 3): Aquí

Subvención: entre los 150.000 y 2.000.0000 euros. La intensidad de la ayuda oscila entre el 25% y el 45% en función del tamaño de la empresa.

Pendiente de anuncio de la convocatoria en el BOE.

  • Programa de impulso al sector del videojuego (Red.es)

Bases reguladoras: Aquí

El 4 de agosto de 2020, BOE publicó las siguientes ayudas del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, a través e Red.es. Puedes consultar toda la información en la web de Red.es (sede electrónica):

  • Ayudas para el desarrollo de la oferta tecnológica en contenidos digitales.

o   Descripción: Ayudas destinadas a financiar la realización de proyectos de desarrollo experimental asociadas a los contenidos digitales, así como la generación de estos contenidos en la medida en que sean necesarios para el objeto demostrador del desarrollo experimental que se realiza.

o   Presupuesto total: 15.000.000€

o   Plazo de presentación de solicitudes: 04 de agosto de 2020 a las 00:00 hasta las 23:59 horas del día 05 de octubre de 2020.

o   Más información y requisitos: https://sede.red.gob.es/c00820-ed

o   Bases reguladorashttps://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2020-330

  • Ayudas sobre desarrollo tecnológico basado en inteligencia artificial y otras tecnologías habilitadoras digitales.

o   Descripción: Ayudas destinadas a financiar la realización de proyectos de desarrollo experimental basados en tecnologías habilitadoras digitales.

o   Presupuesto total: 35.000.000€

o   Plazo de presentación de solicitudes: 01 de agosto de 2020 a las 00:00 hasta las 23:59 horas del día 30 de septiembre de 2020.

o   Más información y requisitos: https://sede.red.gob.es/c00720-ed

o   Bases reguladoras: https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2020-330

Recursos e información pública de utilidad:

  • Información en torno a protección de datos y coronavirus de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD). Ver
  • Información de ámbito laboral ante la situación de la crisis del Covid-19 de la Junta de Andalucía. Ver
  • Información útil de la Generalitat de Catalunya para empresas, trabajadores y autónomos ante el estado de alarma por el Covid-19. Ver
  • Información útil de la Comunidad de Madrid para empresas, trabajadores y autónomos ante el estado de alarma por el Covid-19. Ver
  • Información sanitaria y de ámbito económico y laboral de la Generalitat Valenciana ante la crisis del Covid-19. Ver
  • Información sanitaria y de ámbito económico y laboral de la Xunta de Galicia ante la crisis del Covid-19. Ver

Seguimos estudiando el impacto de la crisis para el conjunto de desarrolladores y empresas en España. Estamos trabajando en un recopilatorio de propuestas para hacer llegar al Gobierno, de forma que se tomen medidas que alivien el grave impacto de la crisis al sector. Nos podéis enviar vuestras principales inquietudes, y problemas de ámbito empresarial, laboral y burocrático a los que os estáis enfrentando, a info@aevi.org.es, de forma que podamos plantear una respuesta colectiva antes las autoridades para abordar la problemática.